El concurso sin masa, conocido tradicionalmente como concurso exprés, permite tramitar la insolvencia cuando el deudor carece de patrimonio suficiente para desarrollar un concurso ordinario.
Es una situación habitual en sociedades que han cesado su actividad, mantienen deudas pendientes y ya no disponen de bienes con los que satisfacer a sus acreedores. Sin embargo, la ausencia de patrimonio no significa que la sociedad pueda simplemente abandonarse ni que desaparezca cualquier posible responsabilidad de sus administradores.
En esta entrada explicamos cuándo existe un concurso sin masa, cómo se tramita, qué pueden hacer los acreedores y qué ocurre con la sociedad una vez concluido el procedimiento.
Tabla de contenidos
- 1.- ¿Qué es un concurso sin masa o concurso exprés?
- 2.- ¿Cuándo existe un concurso sin masa?
- 3.- ¿Qué empresas pueden acudir a este procedimiento?
- 4.- Concurso sin masa y sociedad inactiva: diferencias importantes
- 5.- ¿Cómo se solicita un concurso sin masa?
- 6.- ¿Qué ocurre cuando el juez declara el concurso?
- 7.- ¿Qué pueden hacer los acreedores?
- 8.- ¿Se nombra siempre administrador concursal?
- 9.- ¿Qué ocurre si se detectan irregularidades?
- 10.- ¿Qué pasa con la sociedad al concluir el concurso?
- 11.- Responsabilidad del administrador y efectos sobre las deudas
- 12.- Bibliografía
1.- ¿Qué es un concurso sin masa o concurso exprés?
El concurso sin masa es un procedimiento previsto para aquellos deudores insolventes cuyo patrimonio resulta inexistente o insuficiente para afrontar una liquidación concursal ordinaria.
La expresión concurso exprés continúa utilizándose habitualmente, aunque la denominación empleada actualmente por la Ley Concursal es concurso sin masa.
Su finalidad es evitar una tramitación concursal completa cuando prácticamente no existen activos que liquidar y repartir entre los acreedores. No obstante, se sigue tratando de un auténtico procedimiento concursal y los acreedores conservan determinadas facultades para investigar la situación patrimonial del deudor.
Si quieres conocer primero el funcionamiento general del procedimiento concursal, puedes consultar nuestra guía sobre qué es un concurso de acreedores, sus requisitos y sus principales fases.
2.- ¿Cuándo existe un concurso sin masa?
El artículo 37 bis de la Ley Concursal contempla cuatro situaciones:
- El deudor carece de bienes y derechos legalmente embargables.
- El coste de vender los bienes sería manifiestamente desproporcionado respecto de su valor.
- Los bienes libres de cargas tienen un valor inferior al coste previsible del procedimiento.
- Las cargas existentes sobre los bienes superan su valor de mercado.
Por tanto, una empresa puede tener algún activo y encontrarse igualmente en concurso sin masa si ese patrimonio carece de utilidad económica real para el concurso. Un ejemplo sería una sociedad propietaria de un bien cuyo valor de mercado es inferior a la deuda garantizada que pesa sobre él.
3.- ¿Qué empresas pueden acudir a este procedimiento?
Es frecuente encontrar concursos sin masa en sociedades que han dejado de operar después de consumir su tesorería y patrimonio.
Puede tratarse, por ejemplo, de:
- Sociedades limitadas sin actividad y con deudas.
- Empresas sin activos realizables.
- Sociedades cuyos bienes apenas tienen valor.
- Empresas cuyos activos están gravados por importes superiores a su valor.
Sin embargo, también habrá que comprobar si el deudor tiene la consideración de microempresa, ya que la Ley Concursal establece para ellas un procedimiento especial. Por ello, la ausencia de bienes no basta por sí sola para determinar el procedimiento aplicable.
4.- Concurso sin masa y sociedad inactiva: diferencias importantes
Una sociedad inactiva no es lo mismo que una sociedad extinguida.
Dejar de desarrollar actividad económica o darse de baja en determinadas obligaciones fiscales no hace desaparecer la sociedad, que continúa manteniendo personalidad jurídica y determinadas obligaciones legales. Si además existen deudas que la empresa no puede pagar, tampoco basta con realizar una liquidación societaria ordinaria.
Cuando no existe patrimonio suficiente para satisfacer a los acreedores debe analizarse la situación desde el punto de vista concursal. Por tanto, mantener indefinidamente una sociedad insolvente e inactiva no constituye una solución jurídica adecuada.
5.- ¿Cómo se solicita un concurso sin masa?
La solicitud debe permitir acreditar tanto la insolvencia como la inexistencia o insuficiencia de masa activa.
Será necesario aportar información sobre aspectos como:
- Las causas de la insolvencia.
- Los acreedores y deudas existentes.
- Los bienes y derechos de la sociedad.
- Las cargas que recaigan sobre ellos.
- La situación económica y contable de la empresa.
No basta con afirmar que la sociedad carece de patrimonio. La documentación debe permitir al juzgado conocer su situación económica real y comprobar que concurre alguno de los supuestos establecidos legalmente.
La iniciativa para solicitar el concurso y sus consecuencias también varían según quién promueva el procedimiento. Explicamos estas diferencias en nuestra entrada sobre concurso voluntario y concurso necesario.
6.- ¿Qué ocurre cuando el juez declara el concurso?
Si el juez aprecia que existe un concurso sin masa, dicta el correspondiente auto de declaración.
La resolución se publica en el Tablón Edictal Judicial Único y en el Registro Público Concursal, indicando el pasivo que resulte de la documentación presentada. A diferencia de lo que sucede en un concurso ordinario, no se nombra necesariamente desde ese momento un administrador concursal.
La ley permite primero que los acreedores decidan si consideran necesario investigar con mayor profundidad la situación patrimonial del deudor.
7.- ¿Qué pueden hacer los acreedores?
Los acreedores que representen al menos el 5 % del pasivo pueden solicitar, dentro del plazo de 15 días, el nombramiento de un administrador concursal.
Su finalidad será investigar principalmente si existen:
- Actos perjudiciales que puedan rescindirse.
- Posibles acciones de responsabilidad.
- Indicios de que el concurso pueda calificarse como culpable.
Esta posibilidad evita que la simple inexistencia actual de bienes cierre automáticamente cualquier investigación. Por ejemplo, podría resultar relevante comprobar si antes del concurso se transmitieron activos de la sociedad de forma perjudicial para sus acreedores.
8.- ¿Se nombra siempre administrador concursal?
En este procedimiento solamente se produce el nombramiento de administrador concursal cuando lo solicitan acreedores que alcancen el porcentaje exigido legalmente. Además, los acreedores solicitantes deben asumir inicialmente el coste del informe del administrador concursal.
Si nadie solicita su nombramiento, el concurso puede avanzar hacia su conclusión sin necesidad de desarrollar una administración concursal ordinaria.
Esta es una de las razones por las que el concurso sin masa puede resultar mucho más sencillo que un concurso tradicional cuando no existen incidencias.
9.- ¿Qué ocurre si se detectan irregularidades?
Si el administrador concursal encuentra indicios de operaciones rescindibles, posibles responsabilidades o circunstancias que puedan determinar la culpabilidad del concurso, el procedimiento puede continuar.
El juez puede dictar un auto complementario y abrir la fase de liquidación.
A partir de entonces pueden ejercitarse, entre otras, acciones dirigidas a recuperar bienes o exigir responsabilidades.
Por ello, que una empresa llegue al concurso sin patrimonio no impide analizar cómo se ha producido esa pérdida de activos.
10.- ¿Qué pasa con la sociedad al concluir el concurso?
Cuando concluye el concurso de una persona jurídica por insuficiencia de masa, la Ley Concursal prevé el cierre provisional de su hoja registral.
Si transcurre un año sin que se produzca la reapertura del concurso, el Registro Mercantil procede a la cancelación de la inscripción de la sociedad y al cierre definitivo de la hoja.
Por tanto, no es correcto afirmar que la declaración del concurso sin masa provoca automáticamente la desaparición inmediata de la empresa.
El procedimiento permite ordenar jurídicamente el cierre de una sociedad insolvente que carece de patrimonio suficiente.
11.- Responsabilidad del administrador y efectos sobre las deudas
Las deudas de una sociedad no pasan automáticamente a su administrador por el simple hecho de que la empresa sea insolvente o se declare en concurso sin masa.
Sin embargo, pueden existir responsabilidades específicas si concurren los presupuestos establecidos legalmente, por ejemplo ante determinadas actuaciones perjudiciales, incumplimientos societarios o supuestos de concurso culpable.
Por eso resulta conveniente analizar la actuación de los administradores y las principales operaciones realizadas antes de presentar el concurso.
También debe distinguirse el concurso de una sociedad del de una persona física. Esta última puede solicitar, cuando concurran los requisitos legales, la exoneración del pasivo insatisfecho mediante la Segunda Oportunidad.
Puedes ampliar esta cuestión en nuestra guía sobre cómo funciona la Ley de Segunda Oportunidad y la cancelación de deudas
12.- Bibliografía
- Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal.
- Concurso sin masa – Art. 37 bis
- Especialidades de la declaración del concurso sin masa – Art. 37 ter
- Solicitud de nombramiento de administrador concursal – Art. 37 quater
- Auto complementario y continuación del procedimiento – Art. 37 quinquies
- Causas de conclusión del concurso – Art. 465
- Efectos de la conclusión para las personas jurídicas – Art. 485
- Exoneración tras un concurso sin masa – Art. 501
- Ámbito del procedimiento especial para microempresas – Art. 685
En resumen
El concurso sin masa, conocido tradicionalmente como concurso exprés, permite tramitar la insolvencia de una empresa cuando no existe patrimonio suficiente para desarrollar un concurso ordinario.
Su aplicación exige comprobar que concurre alguno de los supuestos previstos en la Ley Concursal y que la sociedad se encuentra realmente en situación de insolvencia. Aunque no se nombre siempre administrador concursal, los acreedores pueden solicitarlo para investigar posibles actos perjudiciales, responsabilidades o indicios de concurso culpable.
Por tanto, no se trata simplemente de cerrar una empresa sin bienes, sino de ordenar jurídicamente su insolvencia, proteger los derechos de los acreedores y determinar si existen posibles responsabilidades de los administradores antes de la conclusión del procedimiento.
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